Bogotá, 4 oct (EFE).– La Justicia Especial de Paz (JEP) de Colombia expulsó este viernes de su jurisdicción al exlíder de las FARC Luciano Marín Arango, alias “Iván Márquez”, así como a José Manuel Sierra, alias “Zarco Aldinever”, y Henry Castellanos alias “Romaña”, poco más de un mes después de que retomaran las armas.
En la audiencia en que se tomó la decisión, el magistrado Iván González Amado leyó un auto en el que asegura que tras ver el video en el que anuncia que vuelven a las armas, publicado el pasado 29 de agosto, se ha podido comprobar “que son desertores armados manifiestos” del proceso de paz.
“Como consecuencia, la única sanción aceptable es la máxima posible: la expulsión de la Jurisdicción Especial para la Paz y la pérdida de todos los beneficios, judiciales y administrativos, que recibieron los involucrados como miembros de la extinta guerrilla de las FARC”, reza el auto.
Márquez, que fue el jefe negociador de la hoy desmovilizada guerrilla de las FARC, publicó un video junto a “Romaña” y el “Zarco Aldinever”, entre otros, en el que anunciaba que volvía a las armas.
“Nunca fuimos vencidos ni derrotados ideológicamente. Por eso la lucha continúa. La historia registrará en sus páginas que fuimos obligados a retomar las armas”, señaló Márquez en un aparte del manifiesto leído en un vídeo de 32 minutos.
Por ello, resuelven que los tres exlíderes “incumplieron gravemente las obligaciones constitutivas del régimen de condicionalidad exigidas por la Constitución y la ley para gozar de los beneficios y garantías propios de la justicia transicional pactada” en el acuerdo de paz.
De ese modo, no solamente quedan excluidos de los beneficios concedidos por las autoridades judiciales y administrativas sino también revertir y remitir a la justicia ordinaria los casos en los que estén involucrados los tres exlíderes de las FARC.
Por eso, ordenaron a la Secretaría Judicial General de la JEP que “identifique todas las actuaciones que frente a ellos lleva la jurisdicción con el fin de que (…) las autoridades de la JEP dispongan el envío a los órganos competentes de la justicia ordinaria de todas las diligencias correspondientes que no se requieran para el cumplimiento de funciones de la JEP”.
Asimismo, la decisión será comunicada a la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de personas dadas por desaparecidas durante el conflicto.
Dentro de los beneficios revocados están las amnistías o indultos otorgados, la libertad condicional o condicionada, la suspensión o cancelación de las órdenes de captura y los beneficios administrativos y económicos relacionados con el proceso de reincorporación a la vida civil.
La JEP es la columna vertebral del acuerdo de paz firmado entre el Gobierno colombiano y la entonces guerrilla FARC en 2016, y se encarga de juzgar los actos cometidos con ocasión del conflicto armado del país.
Quienes se sometieron a ella tienen beneficios judiciales y entre las sanciones que impondrá están las “propias”, aquellas que implican reparación del daño causado e incluyen restricción de la libertad en establecimientos no carcelarios de cinco a ocho años y las “alternativas”, que suponen penas de prisión por el mismo periodo de tiempo.
El pasado 13 de septiembre la JEP ya había excluido de su jurisdicción a los exjefes de las FARC alias “Jesús Santrich” y “El Paisa” por haber vuelto a las armas junto a Márquez.
La sorpresa de la audiencia la protagonizaron dos abogados que se presentaron con casi una hora de retraso como defensa de los tres exlíderes de las FARC si bien apenas intervinieron.